APLA, CLARA y CETANR firman primer Convenio Colectivo de Trabajo impulsados por el Gobierno

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Bajo el sugestivo título de “Acuerdo histórico entre pilotos y empresas de transporte aéreo”, el gobierno distribuyó este lunes 24 un comunicado dando cuenta de la firma “del primer Convenio Colectivo de Trabajo del sector pilotos con las cámaras que agrupan a las empresas regulares y no regulares de transporte aéreo”

El Ministerio de Transporte de la Nación, encabezado por su titular Alexis Guerrera, es quien se atribuyó haber impulsado el acuerdo “clave” – dice la nota oficial – para el ordenamiento del sector de pilotos y las cámaras de agrupan a empresas de transporte aéreo, junto al Ministerio de Trabajo”.

En esencia se trata de consolidar la agremiación por actividad y no por empresas, según el deseo de los gremios aeronáuticos (administrados por trabajadores de Aerolíneas Argentinas) y la oposición de los empleados de empresas como JetSmart y Flybondi.

“Durante el proceso de confección del convenio, el Ministerio de Transporte reunió las necesidades de los trabajadores y trabajadoras del sector pilotos, así como también de las empresas de transporte aéreo de todo el país, poniéndolas por escrito y colaborando en la generación de consensos. De esta forma, se articuló junto al Ministerio de trabajo para llegar a este acuerdo clave: Es la primera vez que los y las pilotos de transporte aéreo cuentan con un convenio con las cámaras que agrupan a las empresas del sector”, señaló el comunicado oficial.

Hasta allí todo bien, salvo cuando se analiza entre quienes se firmó este “primer Convenio Colectivo de Trabajo (CCT). Por los pilotos APLA (Asociación Pilotos de Líneas Aéreas) y por las empresas (¿?) las cámaras que agrupan a las empresas regulares y no regulares de transporte aéreo, bajo la articulación de los ministerios de Transporte y Trabajo de la Nación”.

Y aquí aparece como principal implicada la Cámara de Líneas Aéreas de la República Argentina (CLARA), que es lo mismo que decir Aerolíneas Argentinas, ya que solo la integran esta empresa, American Jet (aerolínea especializada en vuelos para empresas mineras y petroleras (0,5% del tráfico interno)), Andes Líneas Aéreas y Avian. Dos aerolíneas que por ahora no vuelan y que, en el caso de hacerlo Andes como chartera, según anunció esta semana, debería mudarse a la Cámara de Empresas de Transporte Aéreo No Regular (CETANR), fundada en abril de este año y que reúne a empresas como taxis aéreos, traslados sanitarios, helicópteros, etc.

Haciendo un poco de historia, CLARA nació en enero de 2007 y sus miembros eran todas empresas privadas que se unían para tener voz frente a las autoridades. Además de Aerolíneas y Austral, la integraban LAN, Andes y SOL. Pero al reestatizarse Aerolíneas, la cámara empresaria deja de tener sentido ya que los intereses y preocupaciones de las empresas privadas y la estatal no solo son distintos, sino contrapuestos.  Hasta que el año pasado, a iniciativa de Aerolíneas, se reflota CLARA, sin JetSmart (fueron invitados y luego dejados de lado) ni Flybondi, con la evidente intención de contar Aerolíneas Argentinas con un selló que le permita asumir -hablar y decidir – la representación de todos. Aerolíneas representa en CLARA el 99,5% del tráfico doméstico.

“Es la primera vez que los y las pilotos de transporte aéreo (sic) cuentan con un convenio con las cámaras que agrupan a las empresas del sector. Es una herramienta muy importante para todas las partes involucradas, que permite ordenar y regular el sector a través del diálogo y la paz social. Esto va a permitir también el crecimiento del sector: la posibilidad de que haya más operadores y más pilotos al trazar una hoja de ruta que expresa más claridad hacia el futuro”.

“Dicho CCT (Convenio Colectivo de Trabajo), alcanza a todo el personal que reviste como piloto de empresas de transporte aéreo, tanto Regulares como No Regulares, rigiendo sus condiciones laborales y salariales, y estableciendo definiciones, pautas y mecanismos de diálogo que ordenan el presente y futuro del sector”.

El convenio dispone Derechos y Obligaciones de las partes en cuanto a las prestaciones de servicio, licencias; remuneraciones y compensaciones, viáticos y reintegros; carrera profesional; paritarias; desarrollo profesional; entre otras condiciones necesarias para el orden del sector”, por lo que involucra a todas las aerolíneas y todas las empresas hayan o no participado de los acuerdos.

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