ORGANISMOS PÚBLICOS DEBERÁN UTILIZAR AEROLÍNEAS ARGENTINAS AUNQUE SEA MÁS CARO

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El año pasado, a través del Decreto 1191/12, el gobierno ordenó a todos los entes del sector público realizar sus vuelos a través de la empresa estatal Aerolíneas Argentinas. En el artículo 2 del decreto se especificaba que los funcionarios estarían exceptuados de esta obligación en los casos en que Aerolíneas o Austral no comercialicen vuelos directos al destino requerido. Ahora la jefatura de Gabinete, por resolución administrativa 244/13, acaba de precisar los casos en los que podría exceptuarse esta obligación. Básicamente si la conexión con otra aerolínea fuera menor a tres horas o mayor a seis o, en el caso de requerirse una conexión con otra aerolínea y el tramo de esta última sea el de mayor extensión, siempre que el valor total del pasaje supere el 20% del valor del vuelo punto a punto por una tercera empresa. En otras palabras, el punto b obliga a los funcionarios a realizar conexiones con las compañías estatales en los casos en que el valor del pasaje sea hasta un 20% más caro. Pasado ese límite el organismo oficial quedará habilitado a utilizar una empresa más barata. La resolución no aclara que pasa cuando el vuelo no requiere conexiones. Se desprende que se deberá optar por Aerolíneas o Austral sin tener en cuenta el precio o los horarios. La compra de los pasajes deberá hacerse obligatoriamente a través de Optar, la operadora turística mayorista de Aerolíneas.

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