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Polémica en Europa: Se podrá facturar el equipaje de mano

El Consejo de la UE propone una reforma del Reglamento de Derechos de los Pasajeros, que deberá ser votada en el Parlamento Europeo. La polémica viene de la mano de que, por ejemplo, el Gobierno Español mantiene una postura opuesta. La discusión central es si el equipaje de mano puede llevarse sin costo o debe ser facturado. En realidad, el centro de la cuestión es el tamaño. El que se pretende fijar de 40cm X 30cm X 15cm es un paso a una reducción cada vez mayor que termina dejando todas las valijas fuera de la categoría. Ya el año pasado, el Gobierno Español sancionó a Ryanair, Vueling, Easyjet, Volotea y Norwegian por € 179 millones. La Asociación de Líneas Aéreas (ALA), se mostró contraria desde el primer momento a la acción al margen de Bruselas del ministerio español de Consumidores, Pablo Bustinduy. Según ALA, la postura expuesta por el Consejo de la UE “resuelve las dudas sobre la política del cobro de equipaje en cabina, unifica el criterio a seguir por los tribunales y termina así con las distintas interpretaciones que vienen haciendo los órganos jurisdiccionales en España al respecto, con lo que se reducirá la litigiosidad”. “Es positivo establecer una única normativa a nivel europeo, de la que ningún Estado podrá descolgarse, y que despejará las dudas de los consumidores”, agregó ALA. Cabe recordar que la norma vigente en la UE, con el Reglamento 1008/2008, otorga a las aerolíneas libertad para fijar precios, pero en el caso del equipaje a bordo no fija las medidas a partir de las que se puede imponerse un extra en el billete del viajero.

Una sentencia de 2014 del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que trató de interpretar el reglamento 1008/2008, dictó que el equipaje de mano no puede someterse a un suplemento de precio, siempre que cumpla con requisitos razonables en cuanto a su peso y dimensiones.  Las compañías aéreas son optimistas respecto a la próxima aprobación de la norma en el Parlamento, contra la que ayer votaron España, Alemania, Portugal y Eslovenia. Austria y Estonia se abstuvieron. De hecho, la propuesta de reglamento salió adelante por la mínima, con un 65,57% cuando requería una mayoría cualificada del 65%. Desde el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 se valoró inmediatamente que el paso dado en el Consejo de la UE incluye “legalizar una serie de prácticas que, actualmente, se consideran abusivas según la jurisprudencia europea y que suponen un retroceso en el derecho de las personas consumidoras”.

Otras modificaciones al reglamento

Los ministros de Transportes de la UE han acordado diversos cambios en la normativa comunitaria que afecta a los derechos de los pasajeros de las aerolíneas. Además de la polémica con relación al equipaje, se elevará de tres horas a cuatro horas el tiempo que debe retrasarse un vuelo para percibir una indemnización. En concreto, se podrán pedir € 300 para enlaces de menos de 3.500 kilómetros cuando la demora supere las cuatro horas y € 500 para las conexiones de más de esa distancia que lleguen al menos seis horas tarde. También se habilita el cobro por la reserva de asiento para los acompañantes de personas con movilidad reducida (las aerolíneas solo estarán obligadas a ello en el momento de la facturación y si hay plazas disponibles), así como por la rectificación de los datos. Junto a ello, se legitima la práctica del no show, por la que se puede denegar el embarque a la vuelta a un pasajero que no haya usado el billete de la ida. España, Eslovenia, Portugal y Alemania han votado en contra, en tanto Austria y Estonia se han abstuvieron y el resto se ha pronunciado a favor. Se trata de una propuesta que ahora se deberá debatir en el Parlamento Europeo y que requerirá de una mayoría absoluta para ser aprobada.

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