Capítulo I: Reclaman la inconstitucionalidad del cupo de ingreso de 600 personas por días, y la Justicia llama a una audiencia urgente

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Este lunes 5, tal como señaló Infobae, en una nota que lleva la firma del periodista Martín Angulo,  la Cámara del Crimen ordenó que se haga una audiencia esa misma tarde entre el gobierno nacional y los abogados que presentaron cuatro hábeas corpus por nueve argentinos que están varados en el exterior por el cupo de ingreso al país de 600 personas por día como medida sanitaria contra el coronavirus cuyas presentaciones habían sido rechazadas por un juez de instrucción que validó la medida del Poder Ejecutivo.

Según el medio, fuentes judiciales habrían informaron que ahora la Cámara revocó esa decisión al considerar que “resulta pertinente celebrar la audiencia prescripta” en la ley de hábeas corpus a la que debe ser convocado el Gobierno nacional a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a cargo de Santiago Cafiero, cuyos abogados se presentaron hoy en el expediente. También que se deben analizar los argumentos vinculados a la salud de los varados.

El juez de instrucción, Martín Carlos del Viso, a cargo de los casos,  fijó audiencia para esa misma tarde.

Los casos que se presentaron en la justicia fueron los de nueve argentinos en el exterior (ocho en Estados Unidos y uno en Paraguay) que no pudieron regresar al país cuando tenían sus vuelos programados por la entrada en vigencia de la decisión administrativa 643/2021 de la Jefatura de Gabinete que estableció el límite de ingreso de 600 personas por día al país.

El juez del Viso había convocado a una audiencia para el viernes pasado pero las partes desistieron de concurrir. El magistrado rechazó los planteos. “Sin desconocer los problemas que la situación ha generado a quienes vieron postergado su retorno al país, entiendo que la medida cuestionada no aparece como aislada, sino que por el contrario debe ser considerada como razonable y proporcionada, dada la situación de crisis sanitaria que atraviesa el país y el mundo”, sostuvo el magistrado en su fallo.

Algunas de las partes apelaron y la Cámara del Crimen y el tribunal intervino directamente el lunes “frente a la existencia de diversos planteos, formulados a favor de diferentes personas, el Tribunal entiende que en el caso resulta pertinente celebrar la audiencia prescripta en el art. 14 de la ley 23.098″, sostuvieron los camaristas Mauro Divito y Juan Cicciaro. Se trata de una audiencia que prevé la ley de hábeas corpus para escuchar a las partes involucradas.

Se entiende que en esta audiencia estarán los abogados de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el organismo que dictó la decisión administrativa 643/2021.

El juez de primera instancia había rechazado los habeas corpus porque entendió que no estaban bien fundamentos y avaló la medida del gobierno nacional aunque reconoció que en los casos que se presentaron pueden estar afectados otros derechos, y no solo el de la movilidad, como la salud o el trabajo, pero que para esos supuestos no pueden ser tratados en un hábeas corpus, sino que deben tramitarse en un amparo. Ahora deberá dictar una nueva resolución.

No son estas las únicas causas que están en trámite. En uno de los casos, iniciado por el abogado José Luis España por su esposa e hija que se encuentran en Miami, Estados Unidos, la Cámara Federal de La Plata rechazó el hábeas corpus presentado pero ordenó que el caso se tramite como un amparo y quedó a cargo de la Justicia de Lomas de Zamora.

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