Precario acuerdo UE-Reino Unido para evitar un Brexit duro en aviación comercial

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Finalmente se llegó a un acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido para evitar lo que se denominó un “Brexit duro”. En concreto y en términos aeronáuticos, desde el 1° de enero próximo, se otorgaron de la primera a la cuarta libertad. Es decir, derecho a sobrevuelos del territorio, hacer paradas técnicas y operar vuelos de pasajeros y carga de tercera y cuarta libertad, entre cualquier punto de la Unión y del Reino Unido. Esto supone que las compañías aéreas británicas volverán a ser tratadas como extranjeras. Estas condiciones evitan la posibilidad de volar “cabotaje” en el otro territorio, lo que equivaldría a la quinta libertad. De este modo una aerolínea británica puede volar desde el Reino Unido a París y continuar hacia Fráncfort, pero no transportar pasajeros cargados en París y hacia Fráncfort. En el mismo sentido, una aerolínea francesa o alemana, no podrá volar a Londres y Edimburgo y transportar viajeros cargados en el primero de estos puntos y hacia el segundo. Y esto incluye no solo la Unión Europea en sí, sino también al denominado Espacio Económico Europeo, que incluye a Islandia, Liechtenstein y Noruega.

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