La Justicia Europea falla contra una cláusula abusiva de las aerolíneas

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Es habitual que se incluyan en los contratos cláusulas en abierto beneficio de una de las partes. Del mismo modo, cuando esas condiciones llegan a la Justicia, los tribunales las suspenden por considerarlas cláusulas abusivas. En este caso, las aerolíneas imponían que los pasajeros afectados por diversas cuestiones no podían apelar a empresas especializadas en reclamos. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Islas Baleares falló contra Ryanair considerando que esta cláusula es abusiva. Se trata de “un apartado en las condiciones de compra de los billetes que prohíbe la cesión de los derechos del pasajero a terceras empresas, casi siempre portales online, especializadas en la reclamación de indemnizaciones en casos de retrasos, cancelaciones, denegaciones de embarque o problemas con los equipajes, entre otros” explica un comunicado. La postura de la Audiencia Provincial está avalada por un fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea. “La condición general del contrato de transporte de la entidad sería nula de pleno derecho no ya por su carácter abusivo por haber sido impuesta a consumidores en detrimento de sus derechos, sino por carecer de causa lícita”, indica el tribunal balear.