El Ministerio de Transporte de Israel emitió una directiva de seguridad que exige a las aerolíneas extranjeras controlar la nacionalidad de sus pilotos y tripulantes antes de operar vuelos hacia el país o atravesar su espacio aéreo. La medida restringe la participación de profesionales con ciudadanía o doble nacionalidad de un listado de 31 países que no mantienen relaciones diplomáticas formales con el Estado israelí, entre ellos Argelia, Túnez, Irán, Omán, Arabia Saudita y Pakistán.
La normativa recae directamente sobre la responsabilidad operativa de las compañías internacionales y responde al grave incidente de seguridad registrado el pasado 30 de septiembre en el vuelo FZ1073 de Flydubai entre Dubái y Tel Aviv. En dicha ocasión, un copiloto de nacionalidad omaní atacó al comandante de la aeronave e intentó tomar el control del avión con el objetivo de estrellarlo contra el Aeropuerto Ben Gurion, obligando a un aterrizaje de emergencia en Arabia Saudita.
Compañías como Air France y la checa Smartwings confirmaron la recepción de la directiva y anticiparon su cumplimiento conforme a las regulaciones territoriales. Sin embargo, la medida ha desatado un intenso debate legal entre expertos en derecho laboral y aeronáutico, ya que la exclusión de trabajadores en función de su nacionalidad o doble ciudadanía podría entrar en conflicto con las legislaciones antidiscriminación de los países de origen de las aerolíneas.
Por su parte, la proyectada ruta directa entre Tel Aviv y Buenos Aires —programada para comenzar el 29 de noviembre de 2026— no se verá afectada por esta disposición. Al ser operada por El Al Israel Airlines, la compañía de bandera israelí queda excluida del alcance de este mandato dirigido exclusivamente a operadores extranjeros.
