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Aerolíneas Argentinas vuelve a quedar en la mira de la Justicia de EE.UU.

La saga judicial por la expropiación de Aerolíneas Argentinas sumó esta semana un nuevo capítulo, esta vez en los tribunales de Estados Unidos. La jueza Jia M. Cobb, del Distrito de Columbia, autorizó a Titan Consortium a iniciar procedimientos de embargo y ejecución de bienes de la República Argentina para hacer efectivo un fallo favorable obtenido ante el Ciadi.

La autorización permite al fondo comenzar a presentar pedidos de embargo desde este lunes 28 de septiembre, por un reclamo que asciende a USD 390,9 millones más intereses.

El caso se remonta a 2008, cuando el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner expropió Aerolíneas Argentinas y Austral, entonces controladas por el grupo español Marsans. El litigio derivó posteriormente en un laudo favorable a los demandantes en el Ciadi, en 2017.

Los derechos derivados de ese proceso fueron transferidos posteriormente a distintos actores, hasta quedar en manos de Titan Consortium, que desde 2021 procura hacer efectivo el cobro ante la Justicia estadounidense.

El fallo de la jueza Cobb resulta relevante porque un laudo del Ciadi, por sí solo, no habilita automáticamente el embargo de activos en Estados Unidos. Para ello era necesario que la Justicia norteamericana reconociera y certificara la sentencia.

Una de las posibilidades que vuelve a aparecer en el radar es la eventual afectación de aeronaves de Aerolíneas Argentinas, aunque por ahora no existe confirmación de que Titan haya solicitado un embargo sobre aviones de la compañía.

Es importante recordar que en noviembre de 2024 había existido un principio de acuerdo para cerrar la disputa, que finalmente no prosperó.

¿Qué puede pasar ahora?

Según le explicó a Radio Perfil el especialista en derecho internacional Sebastián Soler, “cualquier Estado extranjero, está amparado por los beneficios de la ley de inmunidad soberana del propio Estados Unidos, que dice que solamente se puede embargar el bien de un Estado extranjero para cobrarse un laudo o una sentencia si cumple tres requisitos: 1) que el bien sea propiedad del propio Estado nacional demandado, 2) que el bien se encuentre en el territorio de los Estados Unidos y se use para una actividad comercial allí y 3) que el bien que se pretende embargar guarde cierta relación con la causa que dio origen al litigio”.

¿Le podrían embargar, por ejemplo, un avión a Aerolíneas Argentinas?

Los aviones de Aerolíneas que aterrizan en Miami está en territorio de Estados Unidos y se podría argumentar que se usa para una actividad comercial allí, pero resulta que no es del deudor condenado en el laudo sino el Estado nacional, sino propiedad de la aerolínea, que es otra persona jurídica, y que los aviones que usa están en leasing. Otro es el dueño.

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