REGULAN LA VENTA DE FRANQUICIAS DE EQUPAJE EN BRASIL

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La autoridad aeronáutica brasileña emitió una nueva norma que regula la comercialización de franquicias de equipaje. Las nuevas condiciones entrarán en vigencia a partir del 14 de marzo próximo. Actualmente, el límite de equipaje que no requiere ser facturado equivale a un volumen de 23 kg en vuelos domésticos y dos volúmenes de 32 kilogramos en servicios internacionales. Sin embargo, la normativa no está exenta de polémica, el Instituto Brasileño de Defensa del Consumidor, le solicitó a la ANAC que revise algunos ítems de la nueva reglamentación. Se refirió concretamente a los ítems que plantean la exención de responsabilidad de las compañías aéreas en ayudar a los pasajeros si el retraso o cancelación del vuelo se debe a causas de fuerza mayor.

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